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Capital de la provincia de Valencia y Tercera Ciudad Española. Municipio de 807.200 habitantes, situada en la zona costera del noreste de la provincia y a 56 km al sur de Castellon, a 21 metros de altura con el nivel de mar. Superficie de 134,6 Km2. Municipios vecinos son Mislata, Xirivella y Alborraya. Datos del ayuntamiento: Plaza del Ayuntamiento nº1 Codigo Postal: 46002 Valencia. Teléfono: 0034 963 52 54 78 - fax: 0034 963 53 99 80. Pagina web: www.valencia.es - Email: informacion@ayto-valencia.es - Alcaldesa: Barberá Nolla, Rita.

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REGLAMENTO Y CONDICIONES

INTRODUCCIÓN:

La creación y uso de una plataforma web como recurso de ventas mediante el uso de un gestor de contenidos genérico y de popularidad creciente creado por programadores altamente cualificados puesta a la disposicion de toda persona interesada a vender una propiedad cualquiera.
Mediante el uso de tecnologías de comunicación y internet, somos agentes inmobiliarios virtuales, y materializamos la oferta para demanda a través de nuestra plataforma web donde tenemos dos actores principales: los oferentes y los demandantes de propiedades.

Asimismo la plataforma web hace posible la creación de entornos colaborativos y la aparición de alternativas distintas para promover la venta a través del sistema.

La tecnología informática promueve el progreso inmobiliario gracias a la creación de una plataforma altamente capacitada en modo de apoyo a tal efecto.

Es conveniente tener en cuenta que no debemos atender a la creación de una plataforma web como si se tratara de una obligación de consulta para el cliente propietario, sino que debemos verla más bien como una opción que entusiasme y agrade a los visitantes interesados en la compra de una propiedad ubicada en España desde cualquier parte del mundo de forma fácil, agradable y rápida, así dejando al crecimiento la idea de comprar.

El gran esfuerzo que supone la alta creación de las presentaciones se verá recompensado con un máximo de interés por parte del visitante navegando en la plataforma.

La participación activa de los clientes vendedores debe motivar al visitante a la consulta detenida dentro la plataforma navegando de municipio a municipio y así poder dar la mejor oportunidad evaluando la zona mas adecuada para comprar una propiedad visualizando desde la distancia.

La plataforma web www.allinvalencia.com siendo un gran recurso para la administración web fácil desde cualquier parte del mundo facilitando la evaluación continúa de las propiedades ofertadas en el mercado Valenciano.

DERECHO A LA INFORMACIÓN:
El Agente inmobiliario Virtual mantendrá periódicamente informado al cliente vendedor propietario de la marcha de su actividad.

DEBER DE DISCRECIÓN:

La Agencia virtual inmobiliaria deberá guardar discreción de las gestiones confiadas y instrucciones recibidas por el cliente propietario vendedora, así como realizar su labor con la diligencia profesional debida.

La agencia inmobiliaria virtual, prestará su asesoramiento y colaboración hasta el otorgamiento del Contrato Privado o escritura Pública de Compraventa, asesorando en la redacción de cuantos documentos sean necesarios para tal fin.

Igualmente y en su caso, coordinará las gestiones con la Notaría, prestando los servicios profesionales necesarios, que se relacionan en hoja a firmar por el cliente vendedor, para el buen fin de la operación.

La renuncia por parte del cliente propietario vendedora a algunos de estos servicios no implica incumplimiento de este contrato por parte de la agencia virtual inmobiliaria.

Los visitantes haciéndose asociado a los servicios de la plataforma pueden publicar desde la comodidad de su casa cualquier tipo de propiedad en venta y de forma gratuita y quedara publicada después de visto bueno por parte del
webmaster inmobiliario.

CONDICIONES PARA VENTAS:

El encargo de venta se regirá con arreglo a las siguientes condiciones:

La agencia virtual inmobiliaria se obliga a que en toda visita al inmueble objeto del encargo con potencial comprador se deje constancia de su identidad, número de D.N.I/N.I.F y firma en el correspondiente parte de visita o documento que lo sustituya.

El precio de venta al público (PVP) será de la cantidad deseada del vendedor, incluidos los honorarios de la agencia virtual inmobiliaria, autorizando el cliente a que el inmueble se publicite en prensa, radio, Internet y otros medios o foros que la inmobiliaria virtual estime oportunos para el desarrollo de su labor.

En caso de contra oferta la inmobiliaria virtual se pondrá en contacto con el vendedor y les sera comunicado la oferta.

El cliente autoriza expresamente a la Inmobiliaria virtual para que suscriba en su nombre contrato de arras o señal preparatorio del contrato de compraventa, así como a recibir en su nombre cantidades en concepto de arras o señal. Dicho contrato de arras o señal y dichas cantidades estarán condicionadas a su aceptación por el cliente, momento en el que le serán entregadas íntegramente. De no ser aceptadas por el Cliente la Inmobiliaria restituirá esas cantidades a quien las hubiera entregado.

El Cliente se compromete a transmitir el inmueble objeto de este encargo, libre de arrendamientos, cargas y gravámenes; siendo los gastos de la transmisión por cuenta del comprador, salvo el impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antigua Plusvalía) que será por cuenta del propietario.

Los honorarios a percibir por la inmobiliaria se fijan en un mínimo de 6 % del precio final de la venta. Dichos honorarios se incrementarán con el IVA correspondiente. La inmobiliaria tendrá derecho al cobro de sus honorarios cuando la compraventa se acabe perfeccionando con comprador localizado por ésta o como consecuencia de sus gestiones y aunque la operación se acabase realizando con ese comprador aun después de finalizada la duración del presente contrato.

El cliente colaborará con la inmobiliaria en el desarrollo de su labor mediadora cooperando con ésta, facilitando las visitas con potenciales compradores y suministrando la información que la inmobiliaria tenga que tener a disposición de terceros.

El presente encargo tendrá una duración indeterminado de meses y o años a partir de la fecha suscripción del presente documento, y se entenderá prorrogado tácitamente por periodos iguales y sucesivos, salvo manifestación en contra de forma fehaciente y por escrito, con una antelación de 20 días por cualquiera de las partes.

CONDICIONES PARA LAS ALQUILERES:




Venta

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